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¿Cómo se pagan las vacaciones no disfrutadas? Legislación y cálculo

Por Osyeilin González
El 1/7/21

Existe una serie de normas que rigen el derecho de los trabajadores a disfrutar de un debido descanso. Este descanso, más allá de ser reglamentario, tiene por objetivo potenciar la productividad tanto del empleado como de la organización a la cual pertenece. Sin embargo, en contadas ocasiones, por diversas razones, el trabajador no toma los días de descanso que le corresponden y es obligación del empleador compensarle económicamente.

En este artículo te explicamos qué dice la legislación con respecto a cómo se pagan las vacaciones no disfrutadas, en qué casos es posible compensar económicamente al trabajador y en qué casos no según las diferentes políticas de vacaciones. Asimismo, cómo se realiza el cálculo del pago de los días correspondientes a las vacaciones (con una fórmula fácil de aplicar y un ejemplo).

Sin más preámbulo, comencemos.

Vacaciones en España: Legislación

En España, todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar de vacaciones anuales retribuidas. Esto, siguiendo la norma establecida en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores que destaca:

  1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
  2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones. En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.
  3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.

Así pues, la legislación establece, en otras palabras lo siguiente:

  • Las vacaciones representan un derecho irrenunciable de todos los trabajadores.
  • Las vacaciones no pueden acumular ni sustituirse económicamente (salvo los casos que veremos más adelante).
  • Este período será de mínimo 30 días naturales o su equivalente en día laborables. Sin embargo, los convenios colectivos o contratos pueden aumentar esta cantidad de días.
  • El tiempo de descanso mínimo corresponde a 2,5 días por mes trabajado (o 1,8 días laborables).
  • Las fechas del disfrute de las vacaciones se establecerá previo acuerdo entre el trabajador y la empresa y se deberá anunciar con al menos dos meses de antelación.
  • Los convenios colectivos y contratos de trabajo pueden establecer especificaciones particulares con respecto a la política de vacaciones de cada empresa.
  • Al cabo de un año, si las vacaciones no han sido disfrutadas, el trabajador no podrá reclamar su indemnización ni solicitar su derecho a una compensación económica.

☝ Los días naturales incluyen domingos y festivos, a diferencia de los días laborables que van de lunes a viernes o de lunes a sábado.

Este último punto, sin embargo, despierta una serie de dudas, bajo las cuáles es válido preguntarse: ¿se pueden pagar las vacaciones?

La respuesta es sí. Existen ciertos casos particulares en los cuales la legislación autoriza el pago de las vacaciones no disfrutadas:

1. Jubilación

En el caso de la jubilación, existen dos escenarios posibles:

  • Si el trabajador se jubila como consecuencia de una incapacidad laboral y no ha disfrutado de sus vacaciones, podrá cobrarlas en dinero.
  • En cambio, si el trabajador se jubila por razones diferentes a una incapacidad, no tendrá derecho a reclamar el pago de sus vacaciones.

2. Finalización de contrato

En caso de extinción del contrato, si el empleado no ha disfrutado de su derecho a vacaciones, se le podrán pagar en dinero al momento de realizar el finiquito.

¿Cómo se pagan las vacaciones trabajadas?

Ahora bien, tomando en cuenta las consideraciones establecidas en la ley, veamos cómo se pagan las vacaciones en España.

Como hemos mencionado previamente, el tiempo de descanso corresponde a 2,5 días naturales por mes trabajado, o lo que es igual, 1,8 días laborables por mes trabajado.

Si quieres saber a cuánto corresponde el pago de las vacaciones, debes hacer una serie de cálculos:

1. Lo primero que debes calcular es el valor de un día de trabajo. Para esto, es necesario dividir el salario mensual entre 30.

❗El salario mensual incluye el salario base, complementos y extras.

Jornada de trabajo = Salario mensual / 30

2. Para calcular la cantidad de días que te corresponden de vacaciones de acuerdo con los días que has trabajado, es necesario hacer una regla de tres, partiendo del mínimo reglamentario de 30 días de vacaciones por 365 días laborados. Así pues, multiplica la cantidad de días trabajados por 30 y el resultado se dividirá entre 365.

Días de vacaciones = (Días laborados x 30) / 365

3. Por último, multiplica este resultado por el valor de tu jornada diaria para obtener el monto del pago de tus vacaciones.

Pago de vacaciones = días de vacaciones x valor de salario diario

Cómo se pagan las vacaciones no disfrutadas - Ejemplo

Para ver más claramente cómo se calcula el pago de vacaciones no disfrutadas pongamos un ejemplo práctico.

Un trabajador inicia su relación laboral el día 1 de enero de 2021 y culmina su contratación el día 1 agosto de 2021 (lo que equivale a 7 meses o 245 días trabajados).

Así pues, si a 365 días laborados, le corresponden 30 días, ¿cuántos días de vacaciones le corresponden por 245 días trabajados?

245 x 30 / 365 = 20,1

El trabajador tiene derecho a recibir como pago por vacaciones no disfrutadas el equivalente a 20,1 días de trabajo.

Por supuesto, este cálculo resulta sencillo si hablamos de algunos casos puntuales, pero cuando se trata de empresas con una nómina más grande, llevar el control de los días que le corresponden a cada trabajador resulta una tarea compleja.

Para facilitar este y otros cálculos referentes al control de vacaciones existen numerosas herramientas que, gracias a la automatización de la información, te permiten ahorrar tiempo y minimizar errores humanos al momento de hacer las cuentas.

Vacaciones en situación de ERTE

En el caso de los empleados en situación de ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), los contratos de trabajo se encuentran suspendidos y, a pesar de que la empresa continúa cotizando por el trabajador, este no tiene la obligación de prestar sus servicios.

En estos casos, mientras continúe el ERTE, no se generan derechos como pagas extraordinarias o vacaciones.

Es decir, si el trabajador ha pasado 5 de los 12 meses del año en ERTE, solo ha generado el equivalente a 5 meses de derechos de sus vacaciones.

Vacaciones en situación de desempleo

En el caso de los trabajadores en situación de desempleo, a diferencia de aquellos trabajadores en situación activa, no se tiene derechos equivalentes a vacaciones pagadas. Así pues, si el trabajador está en paro continuará recibiendo las ayudas y podrá viajar más de 15 días y menos de 90 sin que se le pida justificación del motivo y sin que esto signifique la suspensión del subsidio.

Como hemos podido ver, existe una serie de consideraciones con respecto a la normativa referente al pago de las vacaciones que van desde especificidades de la jubilación hasta condiciones particulares de los convenios colectivos. Esto significa que, para cumplir con la normativa, lo principal es estar informado.

Y tú, ¿ya tenías una idea de cómo se pagan las vacaciones no disfrutadas?

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